Entidad y convocatorias ficticias, creadas por LIN3S para una demostración de IA agéntica. Nada de lo que aparece aquí existe.
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Berrigune Fundazioa · Berrigune Business School

Bases reguladoras · Programa Ejecutivo en Dirección e Inteligencia Artificial 2027 · Beca Berrigune

Documento ficticio, creado por LIN3S con fines demostrativos. La entidad y la convocatoria no existen.

Artículo 1. Objeto

Estas bases regulan la admisión al Programa Ejecutivo en Dirección e Inteligencia Artificial (edición 2027, de febrero a octubre, viernes y sábados, en Bilbao) y la concesión de becas parciales sobre su matrícula, que es de 18.500 euros.

Artículo 2. Dotación

La dotación total de la convocatoria es de 185.000 €, con cargo al presupuesto de Berrigune Fundazioa. Podrá ampliarse si hay disponibilidad presupuestaria.

Artículo 3. Personas y entidades beneficiarias

Pueden solicitar la admisión y la beca las personas físicas con experiencia directiva o predirectiva. Las empresas pueden patrocinar la matrícula, pero la solicitud es personal.

Artículo 4. Requisitos

Las personas y entidades solicitantes deberán cumplir, en la fecha de presentación de la solicitud, los siguientes requisitos:

4.1. Ser persona física y presentar la solicitud a título individual.

4.2. Tener una titulación universitaria (grado, licenciatura o superior).

4.3. Acreditar al menos cinco años de experiencia profesional.

4.4. Acreditar un nivel de inglés B2 o superior.

4.5. Para optar a la beca, que la renta de la unidad familiar no supere los 75.000 euros.

4.6. Ocupar, o haber ocupado, un puesto con responsabilidad sobre equipos, presupuestos o proyectos.

Artículo 5. Gastos subvencionables

5.1. Se consideran subvencionables:

  • Beca del 30 % o del 50 % del precio de la matrícula (18.500 euros), según la puntuación obtenida.

5.2. No se consideran subvencionables:

  • Viajes y alojamiento de la semana internacional.

Artículo 6. Cuantía de la ayuda

El importe máximo por persona beneficiaria es de 9.250 €, en los conceptos del artículo 5.

La cuantía definitiva se fijará en la resolución, en función de la puntuación obtenida y de la disponibilidad presupuestaria.

Artículo 7. Plazo y forma de presentación

7.1. El plazo de presentación comienza el 1 de octubre de 2026 y termina el 20 de diciembre de 2026, a las 14:00 horas.

7.2. Las solicitudes se presentarán exclusivamente en la sede electrónica de Berrigune Fundazioa, con el formulario normalizado y la documentación del artículo 8.

7.3. Si la solicitud está incompleta, se pedirá que se subsane en diez días hábiles. Si no se subsana, se tendrá por desistida.

Artículo 8. Documentación

Junto con la solicitud se presentará:

8.1. Currículum actualizado.

8.2. Carta de motivación.

8.3. Título universitario.

8.4. Acreditación de inglés B2 o superior, o resultado de la prueba de nivel de la escuela.

8.5. Declaración de la renta de la unidad familiar (solo para la beca).

8.6. Carta de apoyo de la empresa (opcional).

Artículo 9. Criterios de valoración

Las solicitudes que cumplan los requisitos se valorarán sobre 100 puntos con estos criterios:

9.a. Trayectoria profesional y nivel de responsabilidad actual. Hasta 35 puntos.

9.b. Potencial de impacto del programa en su organización. Hasta 25 puntos.

9.c. Entrevista personal con el comité de admisión. Hasta 25 puntos.

9.d. Situación económica (máxima puntuación con 20.000 euros o menos de renta; cero con 75.000 euros). Hasta 15 puntos.

Las solicitudes que no alcancen 60 puntos quedarán excluidas. Las ayudas se asignarán por orden de puntuación hasta agotar la dotación.

Artículo 10. Procedimiento y resolución

El procedimiento es de concurrencia competitiva. Una comisión de valoración, formada por personal técnico de Berrigune Fundazioa y dos personas expertas externas, estudiará las solicitudes y propondrá la resolución a la dirección de la fundación.

La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses desde el cierre de la convocatoria. Pasado ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

Artículo 11. Compatibilidad

Son compatibles con otras ayudas públicas o privadas siempre que la suma no supere el coste total del proyecto.

Artículo 12. Justificación y pago

El importe se abonará en dos pagos: el 60 % al inicio y el 40 % restante tras acreditar el aprovechamiento.

Artículo 13. Protección de datos

Los datos personales se tratarán conforme al Reglamento (UE) 2016/679. Responsable: Berrigune Fundazioa. Finalidad: gestionar esta convocatoria. Se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición en datos@berrigune.example.