Entidad y convocatorias ficticias, creadas por LIN3S para una demostración de IA agéntica. Nada de lo que aparece aquí existe.
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Berrigune Fundazioa · Universidad e investigación

Bases reguladoras · Contratos predoctorales Ikerketa 2026

Documento ficticio, creado por LIN3S con fines demostrativos. La entidad y la convocatoria no existen.

Artículo 1. Objeto

Estas bases regulan la financiación de contratos predoctorales de cuatro años para realizar una tesis doctoral en universidades y centros de investigación de Euskadi.

Artículo 2. Dotación

La dotación total de la convocatoria es de 3.200.000 €, con cargo al presupuesto de Berrigune Fundazioa. Podrá ampliarse si hay disponibilidad presupuestaria.

Artículo 3. Personas y entidades beneficiarias

Podrán solicitarlos las personas con título de máster que vayan a realizar su tesis doctoral en un grupo de investigación de Euskadi. El contrato lo formaliza la universidad o el centro de destino.

Artículo 4. Requisitos

Las personas y entidades solicitantes deberán cumplir, en la fecha de presentación de la solicitud, los siguientes requisitos:

4.1. Ser persona física y presentar la solicitud a título individual.

4.2. Tener un título de máster universitario oficial y no tener el título de doctor.

4.3. Acreditar una nota media del expediente de grado igual o superior a 8,0 sobre 10.

4.4. Contar con la aceptación de un director o directora de tesis de un grupo de investigación de una universidad o un centro de investigación de Euskadi.

4.5. Estar admitido, o haber solicitado la admisión, en un programa de doctorado de una universidad de Euskadi.

Artículo 5. Gastos subvencionables

5.1. Se consideran subvencionables:

  • Retribución bruta anual de 22.000 euros durante cuatro años, cuotas sociales incluidas.
  • Hasta 3.000 euros anuales para estancias, congresos y formación.

5.2. No se consideran subvencionables:

  • Gastos de matrícula del programa de doctorado.

Artículo 6. Cuantía de la ayuda

El importe máximo por persona beneficiaria es de 100.000 €, en los conceptos del artículo 5.

La cuantía definitiva se fijará en la resolución, en función de la puntuación obtenida y de la disponibilidad presupuestaria.

Artículo 7. Plazo y forma de presentación

7.1. El plazo de presentación comienza el 1 de septiembre de 2026 y termina el 20 de octubre de 2026, a las 14:00 horas.

7.2. Las solicitudes se presentarán exclusivamente en la sede electrónica de Berrigune Fundazioa, con el formulario normalizado y la documentación del artículo 8.

7.3. Si la solicitud está incompleta, se pedirá que se subsane en diez días hábiles. Si no se subsana, se tendrá por desistida.

Artículo 8. Documentación

Junto con la solicitud se presentará:

8.1. Certificado académico de grado y de máster.

8.2. Carta de aceptación del director o directora de tesis.

8.3. Proyecto de tesis (máximo cinco páginas).

8.4. Currículum de la persona solicitante y del grupo receptor.

Artículo 9. Criterios de valoración

Las solicitudes que cumplan los requisitos se valorarán sobre 100 puntos con estos criterios:

9.a. Expediente académico (proporcional a la nota media de grado, entre 5 y 10). Hasta 35 puntos.

9.b. Historial científico: publicaciones, estancias y congresos. Hasta 20 puntos.

9.c. Calidad y viabilidad del proyecto de tesis. Hasta 30 puntos.

9.d. Trayectoria del grupo de investigación receptor. Hasta 15 puntos.

Las solicitudes que no alcancen 60 puntos quedarán excluidas. Las ayudas se asignarán por orden de puntuación hasta agotar la dotación.

Artículo 10. Procedimiento y resolución

El procedimiento es de concurrencia competitiva. Una comisión de valoración, formada por personal técnico de Berrigune Fundazioa y dos personas expertas externas, estudiará las solicitudes y propondrá la resolución a la dirección de la fundación.

La resolución se notificará en un plazo máximo de seis meses desde el cierre de la convocatoria. Pasado ese plazo sin resolución expresa, la solicitud se entenderá desestimada.

Artículo 11. Compatibilidad

Estas ayudas son incompatibles con Becas de excelencia para estudios de máster, curso 2027-2028 para el mismo proyecto o los mismos gastos.

Son compatibles con otras ayudas públicas o privadas siempre que la suma no supere el coste total del proyecto.

Artículo 12. Justificación y pago

El importe se abonará en dos pagos: el 60 % al inicio y el 40 % restante tras acreditar el aprovechamiento.

Artículo 13. Protección de datos

Los datos personales se tratarán conforme al Reglamento (UE) 2016/679. Responsable: Berrigune Fundazioa. Finalidad: gestionar esta convocatoria. Se pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión y oposición en datos@berrigune.example.